Medidas laborales contra el Coronavirus

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CORONAVIRUS Y EMPRESA

Estos días, todos tenemos la vista puesta sobre las noticias del COVID 19; cada día nos dicen que hay más enfermos y se están endureciendo las medidas  minuto a minuto con el fin de impedir la propagación incontrolada de la enfermedad. Con tal fin se limita la circulación de las personas y se les aconseja que salgan lo menos posible de su casa.

Medidas laborales extraordinarias frente a esta situación.

Una solución, o mejor dicho, un remedio que se puede utilizar se denomina EXPEDIENTE DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO (ERTE), y consiste en reducir la jornada o suspender los contratos de los trabajadores sin que esto suponga la extinción del contrato de trabajo. Así la empresa deja de tener que satisfacer los salarios por el tiempo que no se trabaja y  los trabajadores percibirán durante el período de suspensión la prestación por desempleo, con cargo al Servicio Público correspondiente y, una vez termine la crisis, que como decimos los gallegos, “nunca choveu que non escampara”, se reincorporarían a su puesto de trabajo con normalidad.

Es previsible que, entre las medidas que ha anunciado Pedro Sánchez que se van a tomar a lo largo de estos días, se encuentren facilidades para la tramitación y ventajas para los trabajadores que se vean afectados por ellos.

En cualquier caso, debe tenerse en cuenta que de no tramitarse ese expediente, aunque la producción se paralice, el empresario deberá continuar pagando el salario y cotizando por el trabajador.

Otro remedio, pero más drástico, consiste para aquellos casos en que la cesación de la producción va a suponer necesariamente la pérdida de la capacidad de atender regularmente sus obligaciones, la interposición de un CONCURSO DE ACREEDORES con la finalidad de alcanzar un convenio. Planteado en una situación como la que nos encontramos, un concurso permite la paralización del devengo de intereses, y la no exigibilidad temporal de las deudas; y es fácil obtener un convenio con los acreedores (privados) siempre que los números den ciertas garantías de continuidad de la empresa.

En cualquier caso, se haga lo que se haga, se debe hacer en el momento adecuado y con el mejor asesoramiento profesional posible y en Candal Abogados quedamos a su disposición para aclarar cualquier duda sobre la materia.

CANDAL ABOGADOS nada puede ayudar en materia de sanidad, pero sí que puede ofrecer una alternativa a aquellas empresas en las que por falta de materia prima, por enfermedad o aislamiento de la plantilla, o por bajada súbita de la demanda derivada de esta circunstancia se encuentran con unos gastos fijos sin que existan los ingresos necesarios para cubrirlos.

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