El Real Decreto-Ley 16/2020 de 28 de abril, prevé un procedimiento especial, provisional, urgente y simplificado para modificar las medidas definitivas adoptadas en procedimientos de divorcio y de custodia de menores en procedimientos anteriores, cuando se hayan producido modificaciones sustanciales en las circunstancias tenidas en cuenta derivadas de la pandemia.
Por ejemplo, el dueño de un bar, que va a ver reducidos sus ingresos por las medidas de restricción que se van a establecer en cuanto al aforo de su establecimiento, podrá solicitar reducciones de la pensión alimenticia que pase a sus hijos; o, al contrario, si el progenitor custodio ha visto reducido permanentemente sus ingresos, podrá pedir un aumento de la pensión.
Dada la afectación económica que se prevé por el COVID-19, es muy probable que se produzcan multitud de reclamaciones en este sentido.
Ese mismo procedimento abreviado se prevé para solventar las descompensaciones que se hayan producido en los casos de custodia compartida, durante el confinamiento.